por petro Vie Dic 19, 2014 5:33 pm
daviles05 escribió:Hola a todos!
Por lo que he podido leer el próximo 1 de enero de 2015 entra en vigor la reforma de la ley "LPI"... He intentado informarme leyendo noticias y demás pero no me queda claro casi nada.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]Deberíamos preocuparnos? Cual será el futuro de la web?
En fin, si alguien puede aclarar un poco todo este tema se lo agradecería la verdad
Un saludo!
Lo chocante de todo es que el streaming queda fuera de la ley ¿?. Por ahora esta pagina no tiene ninguna denuncia a google sobre derechos de autor supongo que porque AEDE, PROMUSICAE, SGAE etc son las que están detras esta ley, películas, música,juegos,libros, series etc. Es claro que el administrador, el que mas tiene que perder, cerrara la página a la primera denuncia que le llegue, eso lo comentó alguna vez, aunque eso no exime según la nueva ley de acciones legales posteriores: Si acedes a borrar un archivo reconoces que eres "un pirata" lo que se llamaria una trampa saducea.
PD: Si denuncian a Roja Directa alguna vez por enlaces nosotros seremos los siguientes, y lo mas logico es que cerrraramos, no tenemos ni su dinero ni sus recursos. Lo parece y digo parece que no protege la ley es la retransmisiones deportivas de "comunicacion publica" El hecho de que cada retransmisión solo se haga accesible técnicamente de forma individualizada no impide que a la hora de la verdad sea una pluralidad de personas las que lo vean. Esto determina la existencia de "comunicación al público".
Cito: "
En el ámbito civil, la transmisión de partidos de fútbol está igual de protegida que cualquier otro programa de televisión. El problema, según las cadenas, es perseguir las webs de enlaces por la vía penal. Las reformas en marcha deberían dejar claro que los enlaces a obras de terceros son actos de "comunicación pública" siempre que concurran determinadas circunstancias. Ya existe jurisprudencia en el Tribunal de Justicia de la UE: la sentencia sobre los casos Svensonn o Telekabel. "Lo que plantean estas sentencias es que si se accede a través de páginas de enlaces a contenidos que no se podrían ver libremente en origen, eso es comunicación pública", explica Canal +. Mediapro recuerda sentencias del Tribunal de la UE sobre TV Catchup y de la Corte Suprema de EE UU en el caso Aereo, según las cuales el hecho de que cada retransmisión solo se haga accesible técnicamente de forma individualizada no impide que a la hora de la verdad sea una pluralidad de personas las que lo vean. Esto determina la existencia de "comunicación al público".Esa es la duda que tengo si esta dentro de la nueva ley. En realidad nuestras web y otras con la ley sinde podian haber sido denunciadas ya....